El Decreto 302, que ordena la función pública docente y regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes en Andalucía, establece aleatoriamente una fecha, concretamente el 30 de junio de 2010, a partir de la cual todos aquellos docentes (maestros y profesores) que comienzan a trabajar como interinos dejan de tener los mismos derechos que los que tuvieron la “suerte” de iniciar su andadura como tales antes de dicha fecha, creando una situación de desigualdad sin precedentes dentro de un mismo cuerpo profesional.
Por tanto, este Decreto divide en dos a los interinos o aspirantes a serlo que forman parte de una misma bolsa de trabajo. Por un lado, los que empezaron a trabajar antes del 30 de junio de 2010, denominados “blindados”, y por otro, los que comenzaron o comiencen a ejercer posteriormente a la fecha mencionada, denominados “no blindados”.
Veamos dónde están las principales diferencias entre ambas “clases” de interinos:
Ordenación en bolsa de trabajo
Mientras que a los interinos “blindados» se les sigue aplicando el mismo criterio para ser ordenados en bolsa de trabajo tras un procedimiento selectivo, es decir, son ordenados según el tiempo de servicio prestado; para los interinos “no blindados”, pese a formar parte de la misma bolsa, la nota obtenida en la siguiente oposición se convierte en el único factor verdaderamente determinante para su ordenación en la misma y, por tanto, para poder seguir trabajando, siempre y cuando vuelvan a obtener una “notaza” en un procedimiento donde la objetividad brilla por su ausencia, aunque ese sería otro tema.
Permanencia en la bolsa de trabajo
A diferencia de los interinos “blindados”, que poseen el derecho a continuar en la bolsa de trabajo tras otro procedimiento selectivo, independientemente de su nota en la fase de oposición (no olvidemos que el interino lo es gracias a una gran nota obtenida anteriormente, habiendo ya demostrado por tanto las capacidades requeridas por el procedimiento); los “no blindados” se ven obligados a superar de nuevo este procedimiento (el cual ya culminaron con éxito en alguna convocatoria anterior, ganándose el derecho a la interinidad), siendo expulsados del sistema en caso de no hacerlo, lo que implica la precarización de la estabilidad laboral del profesorado suplente, que a su vez conlleva el deterioro de la calidad de la enseñanza en Andalucía, puesto que se tiene que renovar profesorado cada dos años. Esto convierte a este marco en una “empresa de trabajo temporal”, brindando al profesorado interino del “segundo grupo” una constante inseguridad e inestabilidad en relación a su futuro profesional.
Estos son los dos principales puntos a tener en cuenta, aunque haré referencia a un tercero por lo curioso que resulta. Se trata de los cursos de formación permanente que cuentan como mérito en la fase de concurso. Resulta que para los interinos “no blindados” dichos cursos tienen caducidad de dos años, lo que obliga a este grupo a invertir tiempo y dinero en la realización de nuevos cursos. Si la calidad pedagógica de dichos cursos sigue vigente, éstos no deberían ser desechados, pero de nuevo los interinos “no blindados” son una excepción. También resulta curioso que estos cursos tengan mayor peso sobre el baremo, al puntuar 0,10 puntos cada 30 horas (hasta un máximo de 0,50 puntos) frente a los 0,02 puntos que se consiguen por mes trabajado. Así armoniza este Decreto la experiencia y la formación, algo de lo que paradójicamente presume.
Está claro el trato desigual que reciben los interinos que han trabajado o trabajen después del 30 de junio de 2010 por parte del Decreto 302, principalmente al despreciar la experiencia docente de este colectivo, la cual supone un valor necesario de mejora de la calidad de la enseñanza, así como del desarrollo profesional del mismo dentro de la enseñanza pública andaluza.
Nos encontramos, por tanto, ante un Decreto que vulnera los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y que además de hacer tambalear la estabilidad laboral del profesorado interino, debilita la calidad de la enseñanza en Andalucía.
Entre otros aspectos, teniendo en cuenta por supuesto los mencionados en el artículo, parece más que lógico que todos los integrantes de una misma bolsa de trabajo disfruten de los mismos derechos que hasta ahora han regulado las bolsas de sustituciones de los cuerpos docentes, debiendo estar sujeta su ordenación a un criterio único, justo e igualitario; entendiendo que una fecha no puede ser, en absoluto, un factor que mida la capacidad o mérito de un interino o aspirante.
Se supone que en las oposiciones el aspirante debe demostrar que tiene conocimientos científicos y aptitud pedagógica en relación a su materia, y que si lo demuestra pero no ha tenido opción a conseguir plaza tenga derecho a poder ser interino, y si consigue serlo a entrar en el «sistema» por esa vía, y así acumular experiencia (no sólo como adquisición de puntos sino, sobre todo, como enriquecimiento y crecimiento profesional) hasta que se presente a otro proceso y por sus méritos y/o nota consiga plaza definitiva (por algo es concurso-oposición). El caso es que el Decreto 302 establece una fecha a partir de la cual todo el que se haya ganado ese derecho simplemente no lo tenga, aun demostrando el mismo mérito y capacidad.
A continuación se adjunta un enlace para la recogida de firmas contra el Decreto 302, de manera que todo lector o lectora, independientemente de su implicación o no dentro de este contexto, pueda contribuir en perjuicio del mismo, siempre y cuando se muestre de acuerdo en este sentido.
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El articulo no puede ser mas malo porque no puede,constantemente utilizando blindado y no blindado,después no quieren diferencias.
Es que las diferencias son claras y son «ellos» quienes las han creado. El artículo dice las cosas tal y como son… lo puede decir más alto pero no más claro. No al d.302!!!!!!!!!!!!!
@mmunoz: A ver si hay suerte y las cosas cambian. Esperemos que más de uno firme a través de esta publicación.
Si ya de por sí es injusto el sistema, ésto lo hace todavía más y crea sobre todo una diferenciación brutal.
Si hay cambio de gobierno el año que viene en la Junta de Andalucía a lo mejor cambia la cosa.
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El cambio es razonable si se aplicara a TODOS por igual… pero separar de esa forma es incomprensible.
Aún así mejor el sistema como estaba para todos.
No existe coherencia alguna en esa separación, teniendo en cuenta que el acceso ha sido en igualdad de condiciones. El sistema de siempre es el más justo, pues prima la experiencia, como en cualquier sector…
Parece que está teniendo bastante polémica la entrada en Menéame: http://www.meneame.net/story/mas-razones-contra-decreto-302-2010-relativo-profesorado
A ver si la polémica crea interés y todos leen el por qué de este tema.
a la mayor brevedad posible deberian de derogar este maldito decreto que nos ha sumido en la precariedad y en la inestabilidad laboral.
No al Decreto 302
@LORENA, @elena: difundid la noticia para llegar al mayor número de personas posibles.
Algunos estamos a favor del decreto 302. Se está cometiendo el error de pensar que tratar con igualdad es dar las mismas condiciones. Como ejemplo claro de lo que hablo, pensad en las leyes de igualdad y la reforma para la denominada violencia de género. No se trata de beneficiar a un sector, sino de no perjudicar a un sector que es más sensible por ser sujetos pasivos de actos desleznables.
El sistema debe cambiar, desde luego. Y sobre todo, las universidades no deben generar más futuros funcionarios y si más profesionales. Ese es el verdadero problema de España.
YA ES DIFÍCIL APROBAR, DEBERÍAN RESPETARNOS Y NO APLICAR EL 302 PORQUE EL QUE APRUEBA HA APROBADO Y PUNTO, NO SE LE PUEDE NEGAR EL DERECHO A TRABAJAR. COMO NUESTROS QUERIDOS POLÍTICOS NO SABEN EN QUÉ CONSISTE ESE ESFUERZO…
Tienes toda la razón Lidia. Es absurdo tener que demostrar otra vez que desde la teoría estás capacitado. El que lo hace tiene derecho a acumular experiencia sin fecha de caducidad (como los blindados). Esto es como si cada dos años te obligasen a sacarte de nuevo el carné de conducir. Absurdo…
Pues no comparto vuestra opinión, el cambio no es bueno, porque lo ideal seria pasar a todos a «no blindados», pero algun dia se tenia q volver a valorar la nota, porque algunos interinos entraron sin haber aprobado jamas un examen hace 20 años en algunas especialidades o solo por apuntarse en unas listas. Lo logico es q si llega alguien q sabe mas te releve en el puesto, hasta que saques la plaza fija. Porque quien de verdad estaba jodido era el q llegaba nuevo, q ya podia sacar un 10 q no le quitaba la plaza a uno q solo iba a firmar, y eso no es normal, Otra forma buena seria como hace 25 o 30 años, q los interinos sumaban los meritos al aprobar la oposicion, sacaban un 5 y luego sumaban, pero q saquen un 1 y sumen meritos yo no lo veo normal, no puedes sacar una mierda de nota si estas dando clase de esa especialidad.